> Esta traducción se ofrece por comodidad. El texto normativo es el original en inglés. # Vínculo de identidad **Especificación del Meta-Universo** **ID del documento:** MU-V2-FED-002 **Título:** Vínculo de identidad entre Universos soberanos **Clase de documento:** normativo **Versión:** 2.0 (borrador) **Estado:** borrador de trabajo **Referencias normativas:** MUC, MMAS, MUFP, Federation-Contracts.md **Referencias informativas:** Trust-Model.md, Semantic-Mapping.md **Copyright:** © Orkestron.AI **Licencia:** Apache-2.0 --- # 1. Propósito Este documento define cómo se vinculan las identidades semánticas entre Universos soberanos. El vínculo de identidad permite que varios Universos reconozcan que distintas representaciones locales se refieren a la misma entidad semántica subyacente, preservando la soberanía, la propiedad y los principios constitucionales. El vínculo de identidad crea equivalencia semántica; no transfiere la propiedad. La tesis central de esta especificación es que **el Meta-Universo no necesita ningún identificador global único.** Necesita algo más fuerte y más duradero: un *acuerdo* explícito, verificable y trazable entre identidades. Cada Universo conserva sus propios identificadores; ningún Universo está obligado a aceptar los de otro; la identidad compartida surge solo mediante el vínculo de identidad, y todo vínculo está versionado, es trazable y se rige por un contrato semántico. Este enfoque escala mejor que los catálogos centrales o los esquemas de identificador global, porque no añade ningún punto de coordinación universal ni ninguna autoridad ante la que todo participante deba plegarse. --- # 2. Alcance Esta especificación se aplica a: - los meta-objetos - las relaciones - las proyecciones - los paquetes semánticos - los modelos importados - las referencias entre Universos --- # 3. Principios arquitectónicos El vínculo de identidad DEBERÁ ser: - explícito; - trazable; - reversible; - consciente de las versiones; - regido por contrato; - independiente de la tecnología. El vínculo NO DEBERÁ modificar las identidades canónicas. --- # 4. Identidad canónica Todo meta-objeto DEBERÁ poseer una identidad canónica dentro de su Universo autoritativo. El Universo autoritativo sigue siendo la fuente de verdad de esa identidad. Las identidades canónicas DEBERÁN permanecer inmutables. --- # 5. Identidad local Un Universo participante PUEDE asignar un identificador local con fines operativos. Los identificadores locales: - DEBERÁN seguir siendo locales; - DEBERÁN referirse a la identidad canónica; - NO DEBERÁN sustituir a la identidad canónica; - DEBERÁN seguir siendo trazables. --- # 6. Vínculo de identidad Un vínculo de identidad es una correspondencia semántica explícita entre: - una identidad canónica; - una o más identidades locales. Los vínculos DEBERÁN identificar: - el Universo autoritativo; - el Universo participante; - el tipo de vínculo; - la confianza (cuando proceda); - el contrato que lo rige; - el evento de creación. --- # 6a. Sin identificador global: acuerdo en su lugar El Meta-Universo NO DEBERÁ depender de ningún identificador universal compartido por todos los participantes, y ningún Universo DEBERÁ verse obligado a adoptar como propios los identificadores de otro Universo. En su lugar: - Cada Universo DEBERÁ conservar la autoridad exclusiva sobre sus propias identidades canónicas. - Un Universo PUEDE negarse a reconocer cualquier identidad externa; el reconocimiento nunca es automático. - La identidad compartida DEBERÁ surgir únicamente mediante un vínculo de identidad explícito: un acuerdo mutuo y declarado de que dos identidades se refieren a la misma entidad semántica. - Todo vínculo DEBERÁ estar versionado, ser trazable y regirse por un contrato semántico. Esto escala deliberadamente mejor que un catálogo central o un registro global de identificadores. Un catálogo central exige que todo participante se coordine a través de una única autoridad y confíe en ella; se convierte en cuello de botella, en punto único de fallo y en foco de disputa sobre la gobernanza. El vínculo por acuerdo no añade tal autoridad: una federación de *N* Universos no requiere un espacio de nombres compartido por los *N*, sino solo los vínculos concretos que los participantes decidan establecer. La identidad escala, pues, con la cooperación y no con la administración central. Los tipos de vínculo habituales incluyen: - Identidad exacta - Identidad equivalente - Identidad derivada - Vínculo temporal - Vínculo histórico - Alias Los estándares sectoriales PUEDEN definir tipos adicionales. --- # 8. Establecimiento El vínculo de identidad DEBERÍA seguir esta secuencia: 1. Descubrir la identidad canónica. 2. Verificar la autoridad. 3. Evaluar la equivalencia semántica. 4. Establecer el contrato que lo rige. 5. Crear el vínculo. 6. Registrar el evento del vínculo. 7. Publicar los metadatos del vínculo (cuando esté permitido). --- # 9. Resolución de identidad Las implementaciones conformes DEBERÍAN resolver: - la identidad canónica; - el Universo autoritativo; - las identidades locales; - los vínculos activos; - los vínculos históricos; - las correspondencias semánticas aplicables. La resolución PUEDE requerir autorización. --- # 10. Federación Los Universos federados DEBERÁN intercambiar identidades canónicas siempre que sea practicable. Cuando se intercambien identificadores locales, DEBERÁN estar disponibles también los vínculos de identidad correspondientes. La federación DEBERÁ preservar la continuidad de la identidad. --- # 11. Evolución Los vínculos PUEDEN evolucionar. Los cambios DEBERÁN representarse mediante nuevos eventos. Los vínculos históricos DEBERÁN seguir siendo reconstruibles. Retirar un vínculo NO DEBERÁ alterar las referencias históricas. --- # 12. Validación Las implementaciones DEBERÍAN validar: - la unicidad de la identidad; - la autoridad; - la coherencia de los vínculos; - la compatibilidad de versiones; - la aplicabilidad del contrato; - la trazabilidad. La validación NO DEBERÁ reescribir vínculos en silencio. --- # 13. Principios de seguridad El vínculo de identidad DEBERÁ atenerse a: - el mínimo conocimiento; - la autorización explícita; - la divulgación guiada por el propósito; - las operaciones auditables; - el acceso revocable cuando proceda. Los metadatos de identidad PUEDEN divulgarse con independencia de los datos protegidos del objeto. --- # 14. Invariantes arquitectónicas El vínculo de identidad DEBERÁ preservar: - la identidad canónica; - la soberanía semántica; - la propiedad; - la procedencia; - la trazabilidad; - el cumplimiento constitucional. El vínculo NUNCA DEBERÁ implicar transferencia de autoridad semántica. --- # 15. Direcciones futuras El modelo de identidad basado en acuerdos anticipa una **federación de registros**, en la que los vínculos no solo se intercambian punto a punto, sino que se publican en registros de vínculos anclados en la confianza, que los participantes pueden consultar y cotejar. Tales registros indexarían los vínculos de identidad y su linaje semántico sin convertirse jamás en una autoridad global de identificadores: catalogan *acuerdos*, no *verdades*. Una especificación futura definiría el descubrimiento de registros, la procedencia de los vínculos y la revocación y sustitución de los vínculos publicados, preservando el principio de que ningún Universo está obligado a aceptar un vínculo que no haya acordado él mismo. --- # Declaración final El vínculo de identidad es el mecanismo constitucional que permite a Universos soberanos reconocer entidades semánticas compartidas sin crear un registro de identidades centralizado. Al separar la identidad canónica de los identificadores operativos locales y enlazarlos mediante acuerdos explícitos y trazables, el Meta-Universo hace posible una federación fiable preservando la autonomía, la continuidad histórica y la integridad semántica.